La Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) emitió la resolución 84 de 2022, la cual actualiza el plazo inicial para envío de los reportes.
Es un hecho: desde el próximo primero de julio de 2022 las personas naturales y jurídicas que provean servicios de activos virtuales tendrán que reportar ante la UIAF.
Así quedo establecido en la resolución 84 del 19 de abril de 2022, la cual fija el deber de entregar reportes de operaciones sospechosas de posible lavado de activos y financiación del terrorismo.
Los reportes tendrán que ser enviados a través del Sistema de Reporte en Línea (SIREL), aplicativo de la UIAF a través del cual se suele recibir este tipo de información.
Desde la UIAF recordaron que los sujetos obligados serán las personas y empresas que realicen, para si mismas o en nombre de otros, un conjunto de operaciones.
Entre ellas se encuentran el intercambio entre activos virtuales y monedas fiat, el intercambio entre una o más formas de activos virtuales y las transferencias de este tipo de activos.
Además, quedan incluidas las actividades de custodia o administración de activos virtuales y la participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor o venta de estos activos.
Más allá de los ROS
El nuevo conjunto de sujetos obligados también tendrá que reportar mensualmente las transacciones individuales y múltiples que se realicen sobre activos virtuales.
La UIAF recordó que las transacciones múltiples “son las que, en su conjunto, igualen o superen los 450 dólares o su equivalente en otras monedas”.
Mientras que las transacciones individuales se refieren a aquellas que igualen o superen los 150 dólares, y que no fueron reportadas como operaciones múltiples.