Descripción general:
El día de ayer, el Ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, presentó con mensaje de urgencia ante el Congreso de la República un proyecto de ley que busca facilitar el sometimiento a la justicia de grupos armados organizados y así desarticular dichas organizaciones criminales.
Con este proyecto, el gobierno busca fortalecer el sistema específico de normas y mecanismos procesales y de investigación que permitan a fiscales, jueces y servidores de policía judicial enfrentar oportuna y eficazmente a los Grupos Delictivos Organizados (GDO) y a los Grupos Armados Organizados (GAO), según los define el proyecto de norma, mientras que en paralelo establece un procedimiento especial para judicializarlos sin que esto signifique reconocer su personería jurídica o política o la aplicación de mecanismos de justicia transicional.
“Este es un proyecto que está dirigido a toda la criminalidad en el país que se encuentra dividida en grupos delictivos organizados y grupos armados organizados; buscamos fortalecer la investigación de hechos punibles cometidos por bandas criminales a través de un acercamiento colectivo y una judicialización de los miembros de las mismas, los beneficios que contempla este proyecto son para la sociedad colombiana”, dijo el ministro Gil.
El proyecto de ley contempla que, para que un GAO pueda someterse a la justicia, su representante debe manifestar de manera escrita al Gobierno Nacional la voluntad de sujetarse colectivamente. Dicha solicitud deberá contener la manifestación expresa, libre y voluntaria del grupo de someterse, y debe incluir toda la información sobre bienes y víctimas que serán reconocidas para repararlas.
Junto con estos documentos, el grupo armado organizado deberá remitir las respectivas actas de sujeción individual de cada uno de los miembros que se van a someter a la justicia, especificando su identificación completa: nombre, documentación, firma y huella. En ella, cada persona deberá incluir la fecha de ingreso a la organización criminal, los roles que asumió, las zonas geográficas donde cometió actividades delictivas, un compromiso para no volver a cometer conductas punibles y una exposición pormenorizada de su participación en cada una de las conductas sobre las que reconoce responsabilidad.
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Este proyecto tiene en 58 artículos toda una política de sujeción y el sometimiento al poder del Estado de los grupos armados que colaboren con la justicia y que entreguen los menores a cambio de una rebaja de hasta el 50% de la pena. “No estamos creando en ningún momento actos de impunidad ni acuerdos políticos" dijo el Ministro de Justicia.
Una vez iniciado el proceso de sujeción a la justicia, la Fiscalía podrá suspender las órdenes de captura a los miembros del grupo armado organizado siempre que exista una solicitud previa del Consejo de Seguridad Nacional. Esta suspensión se aplicará exclusivamente en el territorio definido para los acercamientos y podrá ser revocada en el momento en el que el individuo cometa nuevos delitos o incumpla con las normas de conductas colectivas.
En cuanto a los delitos que no se encuentren en el acta de sujeción individual, es decir, que no hayan sido reconocidas expresamente por el individuo cuando manifestó su voluntad de someterse a la justicia, serán investigados y juzgados bajo las normas penales vigentes a la fecha.
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