¿Qué pasa si no tenemos junta directiva y tampoco auditoría interna (sino solo auditoría externa)?, ¿qué se debe hacer y quién puede suplir esa auditoria interna?
Mar, 13/12/2022 - 18:47
Si la empresa no tiene junta directiva, en todo caso debe existir un máximo órgano social. Si no existe auditoría interna, la junta directiva puede seleccionar a un auditor externo (distinto del revisor fiscal) para que realice la revisión de la efectividad y cumplimiento del SAGRILAFT. Esto con el fin de servir de fundamento para que, tanto el oficial de cumplimiento y la administración de la empresa, puedan determinar la existencia de deficiencias del SAGRILAFT y sus posibles soluciones.
Si la empresa no tiene junta directiva, en todo caso debe existir un máximo órgano social. Si no existe auditoría interna, la junta directiva puede seleccionar a un auditor externo (distinto del revisor fiscal) para que realice la revisión de la efectividad y cumplimiento del SAGRILAFT. Esto con el fin de servir de fundamento para que, tanto el oficial de cumplimiento y la administración de la empresa, puedan determinar la existencia de deficiencias del SAGRILAFT y sus posibles soluciones.
Las funciones son las contenidas en el artículo 207 del Código de Comercio.
La asamblea de accionistas o quien se considere como máximo órgano social.
La responsabilidad del SAGRILAFT dentro del régimen de medidas mínimas siempre será del representante legal.