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La Supersociedades decretó liquidación de sociedad dedicada a 'crowdfunding' inmobiliario

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La Superintendencia de Sociedades decretó la liquidación judicial de la sociedad Home Parte S.A.S por ofrecer productos de crowdfunding inmobiliario, es decir, por promover la captación masiva de dinero del público a través de la financiación en masa de proyectos de finca raíz por parte de un colectivo de ciudadanos a quienes se les ofrecía un retorno financiero por una inversión mínima de COP 1 millón. Según informó el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes, "la decisión de ordenar la liquidación de Home Parte S.A.S se da luego de que la Delegatura de Inspección, Vigilancia y Control realizara investigaciones administrativas y visitas" y detectara que la información financiera no sólo estaba desactualizada, sino que reportaba una suma total de activos excesivamente baja para la actividad desempeñada. Según la orden de liquidación judicial, contenida en el Auto 405-002694 del 23 de febrero pasado, “la entidad no cuenta con información financiera y de la única que se tiene conocimiento consiste en un balance a 31 de diciembre de 2016, entregado en la diligencia de toma de información realizada el 31 de mayo y 1, 2 y 9 de junio de 2017 en la cual se evidenció que los activos ascienden a la suma de $4.181.084, valor que será determinado realmente al momento de aprobarse el inventario valorado de bienes por parte del juez del proceso, en la etapa procesal correspondiente”. A partir de esta decisión Home Parte S.A.S no podrá desarrollar su objeto social ya que únicamente conserva la capacidad jurídica para los actos tendientes a su liquidación. Adicionalmente, la superintendencia les advirtió a los administradores, ex administradores, asociados y controlantes sobre la prohibición de disponer de cualquier bien que forme parte del patrimonio liquidable de Home Parte o de realizar pagos o arreglos sobre obligaciones anteriores al inicio del proceso de liquidación judicial. Respecto a este llamado, la entidad de vigilancia amenazó con que "el incumplimiento de la anterior orden puede acarrearle la imposición de multas, sucesivas de hasta doscientos salarios mínimos legales mensuales de conformidad con lo previsto en la Ley 1116 de 2006. Lea también: SuperSociedades decretó liquidación de pirámide Go Five SAS

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