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Modifican fechas de entrega de reportes de empresas de comercio exterior

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) publicó recientemente la resolución 17 de 2016, a través de la cual exige a las empresas obligadas a cumplir la Circular 170 de 2002 de la Dian a entregar mensualmente los reportes de ausencia de operaciones y los reportes de ausencia de transacciones en efectivo.

 

La resolución 17 de 2016 comenzó a regir desde el pasado 1 de abril, lo que significa que ‘‘dentro de los primeros diez (10) días del mes de mayo deberán enviarse los reportes de transacciones individuales en efectivo, de ausencia de operaciones sospechosas y de ausencia de transacciones individuales en efectivo correspondientes al mes de abril del presente año’’.

Es decir, agrega la directiva, el último reporte trimestral de ausencia de operaciones sospechosas o de ausencia de transacciones en efectivo debió ser remitido por las empresas durante los primeros 10 días de abril (reporte correspondiente al trimestre enero-marzo).

Según justifica la Uiaf, era necesario unificar el periodo de entrega de los reportes ‘‘de tal manera que todos estos queden con una periodicidad mensual’’. 

 

 

 

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