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Lista OFAC: ¿cómo consultarla en 2024?

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Lista OFAC para prevenir lavado de activos. Imagen buscador OFAC

Lista OFAC para prevenir lavado de activos. Imagen buscador OFAC

La lista OFAC o lista Clinton registra los nombres de personas y empresas señaladas de participar en actividades de lavado de activos.

Lo primero que se debe mencionar es que la Oficina de Control de Activos Extranjeros de EE.UU. emite una lista conocida como lista OFAC.

OFAC, una dependencia gubernamental estadounidense, es conocida en Latinoamérica por emitir la lista OFAC o lista Clinton de presuntos narcotraficantes y lavadores de activos.

Lea también: SAGRILAFT, sistema para prevenir lavado de activos en empresas

No obstante, esa oficina administra más de 30 sanciones contra distintos países del mundo.

Por esa razón, un oficial de cumplimiento que incluya dentro de sus políticas de prevención del LA/FT la revisión de sus clientes en la lista OFAC, se compromete a revisar 35 diferentes listados.

Entre los que se encuentran sanciones contra el Congo, Burundi, Siria, Somalia y Corea del Norte, entre otros.

lista OFAC

Y es que desde 1962 la OFAC es la institución del Departamento del Tesoro encargada de manejar las sanciones administrativas que el gobierno de EE.UU. ha emitido contra países que –en su concepto– amenazan su seguridad y la estabilidad de su sistema económico.

Lista Ofac: ¿en cuales están los colombianos?

Los ciudadanos y empresas de Colombia solamente están registrados en cuatro de las 35 sanciones de la lista OFAC. Las listas son las siguientes:

  • Lista de traficantes especialmente designados (SDNT en inglés).
  • Listado derivado de la ley Kingpin (SDNTK en inglés).
  • Lista de terroristas globales especialmente designados (SDGT en inglés).
  • Lista de organizaciones terroristas extranjeras (FTO en inglés).

Las dos primeras, SDNT y SDNTK, son las que se conocen como lista Clinton.

En ellas están reseñadas más de 600 personas y empresas colombianas por sus presuntos vínculos con grupos dedicados al tráfico de drogas y al lavado de activos.

Mientras que en las listas SDGT y FTO están reseñadas las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) y el Ejército de Liberación Nacional (ELN).

 

lista OFAC

Lista OFAC: regla del 50%

En 2008 la OFAC diseñó una norma hasta ahora poco conocida denominada como 50 percent rule (regla del 50).

Dicha regla, de forma indirecta, amplía el listado de personas y empresas sancionadas por los Estados Unidos.

De acuerdo con un documento oficial de la OFAC fechado ese año, ‘‘cualquier entidad de propiedad en conjunto, directa o indirectamente, del 50 por ciento o más, [de] una o más personas bloqueadas, se considera que es en sí una persona bloqueada’’.

El documento en mención agrega que ‘‘los bienes e intereses en propiedad de dicha entidad se bloquean con independencia de que la propia entidad aparece [aparezca] en el anexo de una orden ejecutiva’’.

En la práctica, si alguien que posee la propiedad del 50% o más de una empresa y está reseñado, todos sus bienes y activos tienen que ser bloqueados.

Esto se entiende como una inclusión indirecta en la ‘lista Clinton’ .

Curiosidad: el ‘Clan del Golfo’ no está en la lista OFAC

La organización criminal conocida actualmente como el Clan del Golfo no aparece reseñada en la famosa lista OFAC o lista Clinton.

Esto se debe, quizá, a los frecuentes cambios de nombre que ha tenido en los últimos años.

Veamos: lo que hoy se conoce como Clan del Golfo se denominó Clan Úsuga hasta 2016, y los Urabeños hasta julio de 2014.

La razón del primer cambio de apelativo se debió a que en 2014 los habitantes de la región del Urabá se quejaron ante la Policía de Colombia porque ese relacionamiento (los Urabeños) estaba creando un estigma sobre ellos.

La Policía aceptó y desde 2014 el grupo pasó a ser conocido como Clan Úsuga debido a que varios de sus cabecillas tenían ese apellido.

Pero esa nueva denominación tampoco gustó.

Según un informe del periódico El Colombiano, en abril de 2016 una ciudadana envió una carta al Gobierno para solicitar que se cambiara el nombre del grupo.

Su principal argumento fue: “enfrentamos problemas para ingresar a otro país, obtener una beca, acceder a un trabajo (...) por llamarnos igual al clan Úsuga”.

La súplica fue escuchada y desde junio de 2016 la agrupación es conocida como Clan del Golfo debido a que operan desde el golfo de Urabá.

No obstante, llama la atención que al revisar la lista OFAC o lista Clinton se denota que tanto los Urabeños como el Clan Úsuga aparecen reportados.

Pero no ocurre lo mismo con el actual Clan del Golfo.

Lista OFAC: ¿cómo se deben cumplir sus sanciones?

La OFAC publicó un documento titulado Marco para los Compromisos de Cumplimiento de la Ofac.

Allí define cuáles son los componentes esenciales que debe contener un programa de cumplimiento de sanciones financieras.

Cinco componentes del sistema de cumplimiento de sanciones financieras

La OFAC recomienda actualizar los programas de cumplimiento de sanciones financieras según criterios de enfoque basado en riesgo.

En un escenario ideal deberían tener en cuenta una variedad de factores como el tamaño y la sofisticación de la compañía.

Así como los productos y servicios, clientes y contrapartes y las ubicaciones geográficas.

De acuerdo con esto, cada programa debe basarse en incorporar al menos cinco componentes esenciales de cumplimiento.

Se trata del compromiso de gestión, evaluación de riesgos, controles internos, auditoría y mejora, y capacitación”.

Compromiso de gestión

El compromiso de la alta gerencia con el sistema de cumplimiento de sanciones financieras es uno de los factores más importantes. 

Este apoyo es esencial para garantizar que el sistema reciba los recursos adecuados y esté integrado en la operación diaria.

De igual manera, esto también ayuda a legitimar el programa, empoderar al personal y fomentar una cultura de cumplimiento.

El término "alta gerencia" puede diferir entre las organizaciones, pero generalmente incluye a dirección y junta directiva.

Evaluación de riesgos

Los riesgos de incumplimiento son amenazas potenciales que pueden dar lugar a violaciones de las regulaciones de la OFAC.

En caso de materializarse ese riesgo, se pueden afectar negativamente la reputación y los negocios de una organización.

Uno de los principios centrales de la evaluación es el enfoque basado en riesgo.

Esto significa que las organizaciones deben realizar exámenes periódicos que permitan identificar posibles brechas.

Los resultados de la evaluación deben ser parte integral de las políticas, procedimientos, controles internos y capacitación.

Lea también: Programa de Ética Fcpa en 10 pautas

Controles Internos

Un sistema de cumplimiento de sanciones financieras efectivo debe incluir controles internos, incluidas políticas y procedimientos.

El propósito de los controles internos es delinear expectativas claras, definir procedimientos y procesos relacionados con el cumplimiento.

Su objetivo también es minimizar los riesgos identificados por las evaluaciones de riesgo de la organización.

Dada la naturaleza dinámica de las sanciones, un sistema debería ser capaz de adaptarse rápidamente a los cambios en la lista OFAC.

Dentro de esos cambios pueden estar las actualizaciones de la lista OFAC o el lanzamiento de nuevos programas de sanciones.

Es aconsejable también revisar las prohibiciones impuestas a países, gobiernos o personas extranjeras, y la emisión de licencias generales.

Auditoría y mejora

La auditoría consiste en el examen de los procesos y la consiguiente verificación de inconsistencias entre estos y las operaciones diarias.

Una función exhaustiva y objetiva de prueba o auditoría garantiza que una organización identifique las debilidades y deficiencias del programa.

Sin duda, con base en los hallazgos debe proceder a implementar correctivos para remediar cualquier brecha.

“Dichas mejoras podrían incluir la actualización, mejora o recalibración de los datos (...) para tener en cuenta un entorno cambiante de evaluación de riesgos o sanciones”, asegura la OFAC.

Capacitación

Un programa de capacitación eficaz es un componente integral de un sistema de cumplimiento de sanciones financieras.

La capacitación debe proporcionarse a todos los empleados y colaboradores de forma periódica, como mínimo anualmente.

De manera general, el entrenamiento debe proporcionar conocimientos específicos del trabajo según la necesidad.

Es importante que transmita las responsabilidades de cumplimiento de sanciones para cada empleado e imponga tareas y evaluaciones.

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