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Presidente sancionó ley para someter bandas criminales

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

Luego de su aprobación en el congreso de la ley para el sometimiento del crimen organizado, hecho que fue registrado por infolaft el pasado mes de junio en una nota titulada “Nueva ley para someter a bandas criminales”, el día de hoy el Presidente de la República, Juan Manuel Santos, sancionó la norma para incrementar “la seguridad de los colombianos” y “seguir cumpliendo el contenido de los Acuerdos de Paz”. Según dijo Santos, esta ley permite la aplicación del derecho penal de forma colectivo toda vez que “su principal objetivo es garantizar la terminación del actuar delictivo de las organizaciones criminales” a través de estrategias como el fortalecimiento de las normas para enfrentar de forma más contundente la delincuencia organizada y la creación de un procedimiento especial para que grupos armados organizados, como grupo, se sometan a la justicia. Frente a este procedimiento especial el presidente Santos comentó que, con su autorización, el gobierno ha adelantado conversaciones con abogados que representan al Clan del Golfo para el sometimiento de este grupo del crimen organizado según los preceptos de esta nueva ley. En cuanto a la lucha contra las finanzas ilícitas, se estableció que quienes decidan participar de estos procesos de desmovilización voluntaria y que hayan sido condenados por terrorismo, por narcotráfico o lavado de activos, no podrá hacer transacciones en efectivo por más de 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.  

La ley contempla una declaración de bienes ilícitos

  Según la ley los miembros de grupos armados y bandas criminales que colaboren con la justicia, que desmovilicen a los menores reclutados, y que entreguen los activos ilícitos, entre otros requisitos, tendrán derecho a una rebaja del 50% de la pena. Para someterse a este sistema, un representante designado por el grupo armado organizado le manifestará de manera escrita al Gobierno Nacional la voluntad de sujetarse colectivamente a la ley. Dicha solicitud deberá contener la manifestación expresa, libre y voluntaria del grupo, los datos precisos que señalen su estructura y las conductas delictivas que serán reconocidas. Adicionalmente, la manifestación de sometimiento debe incorporar una relación detallada del patrimonio ilícito obtenido como consecuencia del actuar delincuencial. Junto con estos documentos, el grupo armado organizado deberá remitir las respectivas actas de sujeción individual de cada uno de los miembros que se van a someter a la justicia, especificando su nombre, documentación, firma y huella. En ella, cada persona deberá especificar la fecha de ingreso a la organización, el rol o roles que asumió, las zonas geográficas donde cometió actividades delictivas, un compromiso para no volver a cometer conductas punibles y una exposición detallada de su participación en cada una de las conductas sobre las que reconoce responsabilidad. En cuanto a los delitos que no se encuentren en el acta de sujeción individual, es decir, que no hayan sido reconocidas expresamente por el individuo cuando manifestó su voluntad de someterse a la justicia, serán investigados y juzgados bajo las normas del Código de Procedimiento Penal.   Lea también: Bancos, preocupados por obligación de vigilar uso de recursos de excombatientes

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