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A punto de hundirse proyecto de ley que afecta a oficiales de cumplimiento

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

La iniciativa legislativa no alcanzó a ser aprobada en los tiempos establecidos y tendría que ser archivada.

Sin lugar a dudas esta es puede ser una de las mejores noticias del año para los oficiales de cumplimiento de Colombia.

El proyecto de ley 05 de 2019, que proponía convertirlos en sujetos activos del delito de omisión de control, tendría que ser archivado.

Esto debido a que no alcanzó a completar su trámite legislativo antes del 20 de junio de 2021.

La propuesta, que había sido radicada el 20 de julio de 2019, tenía que surtir todos los debates (dos en Senado y dos en Cámara) en un plazo máximo de dos años.

Así lo establece el artículo 190 de la ley 5 de 1992, el cual señala que “ningún proyecto será considerado en más de dos legislaturas”.

Si se tiene en cuenta que el proyecto fue considerado en las legislaturas 2019-2020 y 2020-2021, el siguiente paso sería su archivo.

Vale la pena recordar que este proyecto solo alcanzó a ser aprobado el 11 de diciembre de 2019 en primer debate por las comisiones primeras conjuntas de Senado y Cámara.

Sin embargo, nunca recibió el aval de las plenarias de ambas corporaciones.

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¿En qué consistía el proyecto?

El proyecto de ley 05 de 2019 era muy perjudicial para los oficiales de cumplimiento de toda clase de empresas.

Concretamente, el artículo 14 del proyecto planteaba que los oficiales de cumplimiento pasaran a convertirse en “sujetos activos adicionales” del delito de omisión de control.

Dicha conducta ilícita está tipificada en el artículo 325 del Código Penal y castiga a un conjunto de personas –denominadas sujetos activos– que omitan el cumplimiento de “alguno o todos los mecanismos de control establecidos” para prevenir el LA/FT.

De acuerdo con Nicolás Buitrago Rey, abogado experto en prevención del LA/FT de la firma Lozano Consultores, un sujeto activo “es la persona que realiza la conducta punible”.

El jurista recuerda que la omisión de control es un delito calificado, con lo cual “solamente puede ser una persona que ostente un cargo o cualidad específica quien lo cometa”.

En consecuencia, con la propuesta de incluir a los oficiales de cumplimiento como sujetos activos, se podría haber abierto la puerta a eventuales procesos judiciales en contra de estos funcionarios.

Es importante mencionar que para que se configurara el delito, la omisión debía estar antecedida por la intención de ocultar o encubrir los recursos de origen ilícito.

Sin embargo, todo indica que, por ahora, los oficiales de cumplimiento no tendrían de qué preocuparse.

Resta esperar la oficialización del archivo del proyecto y que ningún otro congresista o funcionario público insista en la propuesta.

Después de todo, lo que los oficiales de cumplimiento requieren es apoyo y más información para cumplir con su trabajo, y no amenazas innecesarias que hagan más compleja su tarea.

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