La Fiscalía General de la Nación emitió el pasado jueves 26 de enero un comunicado que asombró a todos los funcionarios de las Unidades de Cumplimiento: fueron capturados tres empleados del sector financiero por presunto lavado de activos. ¿Quiere saber en qué van esos casos? InfoLAFT, a continuación, describe los detalles de los procesos.
Contextualización
La edición 35 de InfoLAFT reportó la captura de ocho personas por la posible comisión del delito de lavado de activos, entre ellas una funcionaria bancaria y dos promotores de negocios de una firma comisionista de bolsa, además de cinco empresarios.
Las detenciones fueron efectuadas en las ciudades de Bogotá y Cali por miembros del CTI, luego de las investigaciones adelantadas por el Servicio Interno de Rentas de Estados Unidos (Internal Revenue Service) durante cuatro años.
Según la Fiscalía General de la Nación, los acusados ‘‘desarrollaban y ejecutaban desde empresas de fachada contratos falsos para realizar asesorías técnicas y estudios de licitaciones ficticias y tales operaciones tenían el propósito de reintegrar las divisas por medio de plataformas financieras y cuentas bancarias’’.
La situación procesal de los acusados
Inicialmente, se informó por parte de la Fiscalía General que los ocho detenidos en Bogotá y Cali a finales del mes de enero estaban solicitados en extradición por Cortes de los Estados Unidos. Sin embargo, InfoLAFT logró establecer que actualmente la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia estudia entregar solamente a siete de los acusados a las autoridades estadounidenses.
Una de las personas detenidas se desempeñaba como operadora de renta fija, renta variable y carteras colectivas de un banco, y en la actualidad se encuentra recluida en la Cárcel El Buen Pastor. El reparto de su trámite de extradición se efectuó el viernes 30 de marzo con el número de proceso 11001020400020120074400 y llegó al despacho de la magistrada María del Rosario González Muñoz el lunes 9 de abril. Desde el miércoles 2 de mayo comenzó a correr el término de diez días para que las partes soliciten las pruebas que consideren pertinentes, según lo establecido en el Código de Procedimiento Penal.
Otra de las investigadas era promotora de negocios de una comisionista de bolsa. El reparto de su proceso de extradición se efectuó el viernes 30 de marzo con el número 11001020400020120074000 y llegó también al despacho de la magistrada María del Rosario González el lunes 9 de abril. Sin embargo, ella se acogió al trámite de extradición simplificada, consagrado en la Ley 1453 de 2011.
Otro de los capturados también trabajaba como promotor de negocios de una firma comisionista de bolsa. El reparto de su trámite de extradición se efectuó con el número 11001020400020120074300 el 30 de marzo y llegó al despacho del magistrado Augusto Ibáñez el 9 de abril. Desde el pasado 30 de abril comenzaron a correr los 10 días de plazo para que las partes soliciten las pruebas que consideren pertinentes, según lo establecido en el Código de Procedimiento Penal.
Los demás detenidos eran empresarios. El proceso de uno de ellos se radicó con el número 11001020400020120074700 y fue recibido por el magistrado José Luís Barceló el 9 de abril. Su trámite ha sido uno de los más demorados, ya que no presentó un abogado defensor y la Corte Suprema de Justicia tuvo que instar a la Defensoría del Pueblo para que le asignara un abogado de oficio.
Sobre otro de los empresarios se puede indicar que su trámite de extradición tiene el radicado 11001020400020120074600 y llegó el 9 de abril a manos del magistrado Julio Enrique Socha. Su abogado defensor solicitó el trámite de extradición simplificada.
La Corte Suprema de Justicia también estudia las extradiciones de otros dos empresarios. Solamente sobre uno de ellos no cursa un trámite de este tipo.