La Superintendencia Financiera de Colombia publicó un proyecto de circular mediante la cual se imparten instrucciones sobre el reporte de información a la Uiaf relativa a la administración de los riesgos de lavado de activos y de financiación del terrorismo con el objetivo que las partes interesadas hagan comentarios a la norma antes del viernes 29 de junio de 2018 a las 17:00 horas.
La circular modificaría los siguientes anexos del Capítulo IV, Título IV, Parte I de la Circular Básica Jurídica de la entidad:
- Anexo Técnico 1 - Reporte Operaciones Sospechosas (ROS)
- Anexo Técnico 2 - Reporte de transacciones en efectivo
- Anexo Técnico 3 - Reporte de clientes exonerados del reporte de transacciones en efectivo
- Anexo Técnico 4 - Reporte de transacciones cambiarias
- Anexo Técnico 5 - Reporte de transacciones con tarjetas internacionales
- Anexo Técnico 6 - Reporte de productos de las entidades vigiladas
- Anexo Técnico 7 - Reporte de patrimonios autónomos
- Anexo Técnico 8 - Reporte de información de campañas y partidos políticos
Cambios en el Anexo Técnico 1 - Reporte Operaciones Sospechosas (ROS)
Las consideraciones y pautas que trae el nuevo proyecto de anexo de reporte de ROS recogen el llamado realizado por el director de la Uiaf, Juan Francisco Espinosa, durante el pasado 18 Congreso Panamericano de Riesgo de LA/FT de la Asobancaria en Cartagena, en el que pidió a los Oficiales de Cumplimiento hacer un “un ejercicio narrativo“ detallado respecto a las condiciones de tiempo, modo y lugar en que ocurrió una operación calificada de sospechosa toda vez que esta información es el insumo básico para perseguir el delito. Lea también: Hay que mejorar la narrativa de los ROS: Uiaf De acuerdo con esto, el proyecto de circular indica que “la descripción de la operación reportada es uno de los insumos más relevantes del formato del ROS. Las entidades deben recordar la importancia de transmitir claramente el mensaje de la operación reportada; recomendamos siempre ponerse en la posición del lector desprevenido, toda vez que no se deben omitir los detalles de la operación particular al negocio o producto”, dice. Por lo tanto, “se recomienda utilizar la técnica de narración en donde el primer párrafo resuma para el lector la operación reportada. Dicho párrafo debe responder a “quién(es)”, “qué”, “por qué”, “cuándo” y “dónde”. Este primer párrafo, debe ser conciso en el motivo que generó la alerta para la entidad reportante. Los siguientes párrafos serán el cuerpo de la operación reportada y se sugiere que la descripción de los hechos sea realizada, en lo posible, en orden de importancia y cronológico”, concluye. Adicionalmente, el proyecto de norma trae una serie de preguntas guía que sirven para realizar la descripción de la operación sospechosa:- ¿Qué hace que la operación sea sospechosa?
- ¿Cómo se realizó la operación sospechosa?
- ¿Quiénes realizaron la operación sospechosa? Es importante incluir las personas naturales o jurídicas que participaron en la operación, así como los posibles vínculos que existan entre esas personas.
- ¿Dónde se realizó la operación sospechosa? Es recomendable incluir las direcciones, barrios, municipios, departamentos y países que sirvieron como espacio para realizar la operación, siempre y cuando se tenga conocimiento.
- ¿Cuándo se realizó la operación sospechosa? Al responder esta pregunta se debe tener en cuenta los hechos cronológicos de la operación.