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¿Cómo gestionar el riesgo con las PEP?

Enviado por Infolaft el

Artículo por: Infolaft

El término de las PEP nos ha puesto a discutir y conversar tanto a los oficiales de cumplimiento como a los gerentes comerciales, directores de logística, responsables de cadena de abastecimiento, entre otros, debido a la expedición del Decreto 1674 del 21 de octubre 2016, el cual ya ha sido ampliamente referenciado en Infolaft. Aquí mi análisis. Por: Cesar Augusto Roldán* Si vamos al detalle del término de PEP como tal, encontraremos que en algunas normas se denominan como personas expuestas políticamente, mientras que en otras se conocen como personas expuestas públicamente. Las listas vinculantes para Colombia Bastante se ha escrito al respecto y es mucha la información que podemos recoger, entre otros de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, donde hay un claro énfasis en la condición ‘pública’ de la persona expuesta, pues hace referencia al funcionario público y a funcionarios de organizaciones internacionales de carácter público. Lea también: SAGRILAFT, sistema para prevenir lavado de activos en empresas Similar interpretación hace el Grupo Wolfsberg al definir la condición de que hayan desempeñado cargos públicos. Por su parte, la Ley Patriota (de los EE.UU.) las define como funcionarios actuales o anteriores en la rama ejecutiva, legislativa, administrativa, militar o judicial de un gobierno extranjero, sean elegido o no. También entran los funcionarios jerárquicos de un partido político extranjero importante o de una compañía comercial de propiedad gubernamental.

Lo que dice Gafi

A su vez, la recomendación 12 del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) aborda el tema de las PEP de la siguiente manera: Las instituciones financieras deben requerir, en relación con las Personas Expuestas Políticamente (PEP) extranjeras (ya sea como cliente o beneficiario), además de cumplir con las medidas normales de diligencia debida:
  1. Contar con adecuados sistemas de gestión de riesgos para determinar si el cliente o el beneficiario es una persona políticamente expuesta.
  2. Obtener la aprobación de la dirección para establecer (o continuar, para los clientes existentes) dichas relaciones de negocios
  3. Adoptar las medidas razonables para establecer el origen de los bienes y el origen de los fondos.
  4. Llevar a cabo un seguimiento continuo de la relación comercial.
Las instituciones financieras deben estar obligadas a tomar medidas razonables para determinar si un cliente o beneficiario es un PEP nacional o una persona a la que se le ha confiado una función importante por una organización internacional. En los casos de una relación de negocios de riesgo superior con esas personas, las instituciones financieras deberán estar obligadas a aplicar las medidas mencionadas en los párrafos b), c) y d). Los requisitos para todos los tipos de PEP deben aplicarse también a los miembros de las familias o asociados cercanos de los PEP Listas restrictivas y habeas data La definición más amplia de PEP podemos encontrarla en la Circular Básica Jurídica (CBJ) que los define como “aquellas personas que por razón de su cargo manejan recursos públicos, detentan algún grado de poder público o gozan de reconocimiento público”. Entonces, ¿las personas expuestas políticamente son las mismas personas expuestas públicamente? Podemos afirmar que sí, siempre que nos atengamos a las definiciones de la CBJ para darle el mayor alcance posible. Esto es, una PEP no lo es solo por ostentar un poder político u oficial por nombramiento o elección, sino también por un reconocimiento público en la sociedad. Es decir, ser una persona destacada por su quehacer personal, profesional, empresarial o simplemente por su ‘popularidad’. Lo anterior nos debe llevar -desde nuestra gestión de cumplimiento- a reforzar y profundizar las gestiones de debida diligencia frente a la vinculación de quienes, además del criterio legal, consideremos necesario otorgarle ese tratamiento de acuerdo con las definiciones propias de nuestra organización. O acaso, ¿no le suenan familiar esalgunos de estos hechos reales?: Caso Al Capone Al Capone tal vez será conocido como el personaje que dio origen a los esquemas modernos de lavado de dinero. Se estima que lavóoblanqueómás de USD 1000 millones de dólares a través de varios negocios. Sus primeros negocios eran en realidad lavanderías que, siendo operadas en efectivo, eran muy útiles en la ocultación y el disfraz de ganancias ilegales. El hecho de que Al Capone hiciera uso del comercio de lavandería se da con frecuencia como el origen de la frase "lavado” o “blanqueo", sin embargo, esta “paternidad” siempre será sujeto de debate. Al Capone únicamente fue acusado y culpado en los años 30 por evasión de impuestos. Deportistas en problemas El Diario El Mundo de España citaba hace poco: “La Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) investiga desde hace meses una trama de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico y en el epicentro de los movimientos hay un nombre que destaca como pieza clave del puzzle: Jorge Messi, padre de uno de los mejores futbolistas del mundo. La investigación está bajo secreto de sumario. Acaba de comenzar, según fuentes cercanas al caso. Por el momento se ha tomado declaración a varias personas en el juzgado que dirige la instrucción, el número 51 de Madrid, y también en Barcelona, donde han prestado testimonio cuatro futbolistas ante la UCO: Leo Messi, Dani Alves, Pinto y Mascherano, todos jugadores del Barça”. El mismo diario hizo luego una aclaración: “Tras la publicación de la noticia en EL MUNDO, fuentes de la Guardia Civil han señalado que la investigación por blanqueo de capitales se centra en la sociedad Amigos de Messi. El padre del jugador, Jorge Messi, no es propietario de dicha sociedad y no tendría conocimiento aparente de que algunos partidos cuyo protagonista era su hijo servían para blanquear dinero de la droga”. Algunos políticos en líos Ferdinando Marcos, presidente de Filipinas entre 1965 y 1986 (año en que fue derrocado por un levantamiento popular), habría blanqueado miles de millones de dólares de fondos públicos a través de bancos en Estados Unidos y Suiza. Luego de su caída, el Gobierno filipino adelantó una operación conocida como la ‘Gran Pájaro’, con la cual recuperó cerca USD 7500 millones de dólares. Tan famoso como su caso fue la opulencia de su esposa Imelda, al publicarse que poseía más de 2500 pares de zapatos en su residencia. Por otra parte, Suharto fue presidente de Indonesia de 1967 a 1998. Después de su renuncia forzada, la revista Time de Asia estimó que la riqueza de la familia Suharto era de USD 15 000 millones de dólares, y de estos, unos USD 9000 millones de dólares habían sido depositado en un banco austríaco. También se denunció que habían gastado cerca de USD 73 000 millones en las arcas de la familia durante su presidencia. Murió en 2008, de 86 años, y no fue juzgado debido a su avanzada edad. Según Transparencia International, Suharto es el líder más corrupto de la historia moderna, habiendo malversado entre USD 15 000 y USD 35 000 millones de dólares durante todo su gobierno. Freepik En Nigeria, durante la dictadura militar de Sani Abacha (1993-1998), él y su familia lograron transferir fondos nacionales hasta por unos USD 8000 millones de dólares a cuentas bancarias extranjeras. Declarado por Transparencia Internacional como uno de los líderes más corruptos de la historia reciente, Abacha fue responsable del saqueo de hasta el 10% del ingreso nacional de Nigeria. Después de su repentina muerte en 1998 -al parecer por envenenamiento- el gobierno nigeriano ha recuperado cerca de USD 2000 millones de dólares. El dinero estaba en Suiza (hasta unos USD 700 millones de dólares), en Luxemburgo (donde aún no se recupera todo) y en otros países. También se obtuvo parte del dinero de devoluciones hechas por gente aliada a Abacha que decidió por propia cuenta restituir el dinero. La familia de Abacha insiste hasta el día de hoy en que la gran cantidad de dinero se generó por medios completamente legales. Finalmente, el Banco de Crédito y Comercio Internacional (Bcci) llegó a ser en su momento el séptimo banco privado más grande del mundo. Sin embargo, a mediados de los años 80 se descubrió que estaba involucrado en varias actividades fraudulentas, entre ellas lavado de dinero. El banco no era demasiado exigente con sus clientes: entre quienes estaban Saddam Hussein, el exdictador militar de Panamá Manuel Antonio Noriega y el líder palestino Abu Nidal.

¿Qué tratamiento especial deberíamos darle a una PEP?

Lo primero que todo es profundizar en la declaración como tal de la PEP, esto es, obtener una declaración de su condición donde se evidencie dicha calidad, no solo del PEP sino también de sus relacionados, así como obtener una declaración de la legalidad de sus recursos, de su actuación en nombre propio y no de terceras personas. Tambien es importante su adhesión a la normatividad y la correcta destinación de lo obtenido en su relación contractual (destinación) con nuestra empresas, y de ser posible obtener documentos legales de su situación, declaración de renta, relaciones con el sector financiero, participación en sociedades, declaración de conflictos de interés, entre otros. Adicional a lo anterior, la debida diligencia de la PEP deberá reforzase y mantenerla en monitoreo permanente junto con sus relacionados. Si bien a partir de la publicación del decreto 1674 las entidades oficiales deben publicar quiénes son PEP y adicionar esta condición con los datos que ya son de obligatoria publicación (nombres, apellidos, identificación, rango salarial, datos de contacto, estudios  y experiencia laboral), muchas empresas limitan la condición de PEP a la consulta de la Registraduría Nacional del Estado Civil, donde la condición está dada en términos de personas que ocupan cargos de elección popular o que fueron candidatos a dichos cargos y no resultaron elegidos. Muchas empresas han ampliado y aplicado este criterio para aquellos individuos que desempeñan o han desempeñado funciones públicas destacadas. Por ejemplo, Jefes de Estado, políticos de alta jerarquía, funcionarios gubernamentales, judiciales o militares de alta jerarquía, altos ejecutivos de empresas estatales, funcionarios importantes de partidos políticos. Otro aspecto del decreto es que es una lista de obligatorio cumplimiento para el sector real, lo que nos obliga a las empresas del sector a clasificar como PEP a todas las personas que ocupen los cargos allí indicados. Esto es, en términos legales, que a partir de la expedición del decreto 1674 las empresas obligadas a contar con sistemas de prevención del LA/FT debemos solicitar la identificación de quienes ostenten la calidad de PEP y a su vez, las personas catalogadas como tales están obligadas a suministrar información acerca de su cargo, fecha de vinculación y fecha de desvinculación durante los procesos de debida diligencia.   Pero lo anterior no quiere decir que nuestras empresas puedan contar con sus propias listas de PEP o consultarlas de forma tercerizada. Una propuesta interesante, sería contar con una lista de PEP administrada por alguna entidad gubernamental (en la que no solo estaría cada PEP, sino sus relacionados y familiares, su participación en sociedades, etc.) a la cual, por ejemplo, para garantizar su confidencialidad, solo tuvieran acceso de consulta los empleados y oficiales de cumplimiento debidamente registrados ante la Uiaf o ante los diversos reguladores de los diversos sectores. Ello facilitaría el trabajo y unificaría criterios alrededor de este aspecto. Con diferentes grados de madurez en la vinculación de las PEP, estas fueron algunas de las respuestas que obtuve por parte de varios oficiales de cumplimiento (anoto que las respuestas se transcriben tal cual las recibí) cuando les pregunté sobre la gestión que llevaban a cabo con las PEP: Oficial de cumplimiento 1 En el formato de vinculación de clientes de ventas empresariales se verifica si es PEP, y en caso tal se identifica si maneja recursos públicos o es reconocido públicamente; se deja en el formato la información del colaborador que verificó datos personales, así como la fecha y hora de verificación. La aprobación de estos negocios la hace una instancia superior a quien hace la aprobación regularmente. El formato de vinculación para el resto de terceros no incluye la identificación de PEP, pero sí se consultan todos en las listas de un proveedor que nos presta este servicio, y si aparece como PEP se deja soporte de ello y continuamos la vinculación. Oficial de cumplimiento 2 Todos los terceros se consultan en las listas de un proveedor que nos presta este servicio y si aparece como PEP se deja soporte de ello y continuamos la vinculación. La aprobación de vinculación de terceros que son PEP la hace el Gerente. Aún no tenemos en la compañía un proceso de monitoreo para las PEP vinculadas. Tenemos planeado para el próximo año mejorar los procesos de vinculación y monitoreo, que faciliten la prevención y el control del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo a través de PEP, teniendo en cuenta la normatividad publicada recientemente por el Gobierno Nacional.  Consideramos importante gestionar esta contraparte por el riesgo que representa. Sin embargo, no tenemos experiencia de cómo llevarlo a cabo en entidades del sector real. Oficial de cumplimiento 3 A la fecha no está implementado un procedimiento formal de vinculación de PEP, pero se actualizan los formatos de creación donde se debe dejar la declaración. En caso afirmativo se establecerán diligencias avanzadas. Adicionalmente, cada dos meses los datos se validan en la herramienta contratada para tal fin. (...) Ahora bien, se cuenta con herramienta externa donde cada dos meses se valida y en caso de coincidencia se realizaría una avanzada con apoyo del Comité LA/FT (jurídica, oficial de cumplimiento, miembro de la administración normalmente el VP financiero). Oficial de cumplimiento 4 Sinceramente no le veo mucha utilidad a la marcación como PEP, igual son colombianos, y si tienen alguna alerta saldría en la Procuraduría. Obviamente si tienen una mayor exposición reputacional por [ser] políticos y por ser públicos, se debe evaluar al vincularlos como se hace con cualquier tercero y al mantenerlos, igual como se hace con las contrapartes.

Mi conclusión

En estas conversaciones sostenidas con varios oficiales de cumplimiento del sector real me manifestaban que para la gestión de sus PEP eran más las “intenciones” que las “acciones”, y que aún se movían en un plano futuro de cómo iban a manejarlos frente al manejo real que le estaban dando en este momento. El solo hecho de preguntarles sobre la gestión de PEP los hizo sonrojar, al reconocer que es poca la gestión que actualmente se hace frente a ellos. Sin embargo, la necesidad está dada y la exposición al riesgo es real y en cualquier momento se puede materializar. *Empleado de cumplimiento grupo EPM. Ingeniero. MBA. 

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