En el marco de la Semana Gafi 2018, que se llevó a cabo en París, Francia, durante la semana pasada,
la plenaria del Grupo de Acción Financiera Internacional (Gafi) se pronunció sobre los criptoactivos. El organismo dijo que “los activos virtuales y los servicios financieros relacionados tienen el potencial de estimular la innovación y la eficiencia financiera y mejorar la inclusión financiera, pero también crean nuevas oportunidades para que los delincuentes y terroristas puedan lavar sus ganancias o financiar sus actividades ilícitas”.
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El Gafi comentó que desde que se presentó el auge de las monedas virtuales “ha estado monitoreando activamente los riesgos en esta área”, por lo que ha estado trabajando desde 2015 en una serie de orientaciones sobre un enfoque basado en el riesgo para este tipo de activos. “E
xiste una necesidad urgente de que todos los países tomen medidas coordinadas para prevenir el uso de activos virtuales para el crimen y el terrorismo”, concluyó el Gafi.
El organismo internacional recordó que si bien se sobreentiende que los requisitos para combatir el lavado de activos y la financiación del terrorismo contenidos en las Recomendaciones del Gafi se aplican a todas las formas de actividad financiera (incluidas aquellas que utilizan activos virtuales), los gobiernos y el sector privado han pedido mayor claridad sobre cómo se aplican los estándares del Gafi en este contexto.
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Para empezar a aclarar las dudas, el Gafi enfatizó que el enfoque basado en el riesgo requiere que las jurisdicciones identifiquen los riesgos de LA/FT y tomen las medidas adecuadas para mitigar esos riesgos y que “esto incluye identificar y mitigar los riesgos de financiamiento ilícito asociados con nuevos productos o prácticas comerciales, y otras actividades que no se mencionan explícitamente en las Recomendaciones del Gafi”, dijo la organización.
Las modificaciones, hasta ahora
Dada la necesidad urgente de una respuesta global efectiva frente a los riesgos de lavado de activos y financiación del terrorismo asociados a las operaciones de criptodivisas, el Gafi ha adoptado cambios en las Recomendaciones y el Glosario con el fin de explicar cómo se deben incorporar los estándares antilavado y contra la financiación del terrorismo a este tipo de actividades.
De esta manera,
al Glosario se agregaron nuevas definiciones que incluyen "activos virtuales", para definir las criptomonedas, y "proveedores de servicios de activos virtuales" los cuales detalla como plataformas de intercambio y gestores de billeteras virtuales entre otros. Adicionalmente, incluyó la definición de lo que se considera una Ofertas de Monedas Iniciales (ICO) con el objetivo de regular estos lanzamientos masivos de monedas virtuales al mercado.
De esta manera, el Gafi ahora entiende el término "activo virtual" como
cualquier representación digital de valor que puede intercambiarse o transferirse digitalmente y puede utilizarse para pagos o inversiones, incluidas representaciones digitales de valor que funcionan como un medio de intercambio o una unidad de medida monetaria. En todo caso, el Gafi precisó que los activos virtuales son distintos de las monedas corrientes, que es el dinero de un país designado como moneda de curso legal.
Al haberse escrito en el Glosario del Gafi, el organismo extiende el llamado oficial para que las jurisdicciones garanticen que
los proveedores de servicios de activos virtuales estén sujetos a las regulaciones ALA/CFT, en especial “realizar la debida diligencia del cliente, incluido el monitoreo continuo, el mantenimiento de registros y el reporte de transacciones sospechosas”, dijo el organismo.
De forma resumida, el Gafi espera que todas las jurisdicciones adopten medidas legales y mejores prácticas para evitar el uso indebido de activos virtuales. “Esto incluye evaluar y comprender los riesgos asociados con los activos virtuales en sus jurisdicciones, aplicar las regulaciones ALA/CFT basadas en el riesgo a los proveedores de servicios de activos virtuales e identificar sistemas efectivos para llevar a cabo la supervisión o supervisión basada en el riesgo de los proveedores de servicios de activos virtuales”.
El Gafi destacó que algunas jurisdicciones ya regulan la actividad de activos virtuales de acuerdo con las guías emitidas por el organismo desde 2015. En todo caso, informó que las nuevas aclaraciones a los estándares aportan flexibilidad a los países miembro que aún no regulan esta actividad en tanto les permite decidir en qué categoría de actividades reguladas incluir los proveedores de servicios de activos virtuales, como podría ser instituciones financieras o Actividades y Profesiones no Financieras Designadas.
Por último, el Gafi afirmó que sus estándares permiten que las jurisdicciones prohíban ciertas actividades según su propio riesgo y regulación, por lo que son libres de prohibir el uso de monedas virtuales si así lo consideran.